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Unidas Podemos pretende que la reparación de daño no sea un atenuante que permita sujetar la condena del atacante en casos delitos sexuales como en el de Dani Alves. Para ello, ha registrado en el Congreso de los Diputados una iniciativa para restaurar el Código Penal.
Los morados han registrado una proposición de ley para el impulso de la aplicación de la Ley Orgánica de Fianza Integral de la Soltura Sexual, más conocida como del ‘solo sí es sí’, y la plena protección de las víctimas de violencias sexuales para su tramitación delante el Pleno del Congreso.
En concreto, proponen modificar el artículo 21.5 del Código Penal, ya que, a su entendimiento, “no se puede entender reparado ni disminuido el daño en casos de violencias machistas, como la violencia de existencias, la vicaria o la violencia sexual con el ofrecimiento o suscripción de una indemnización económica”.
Así, indica que con esta modificación norma se da cumplimiento a la Medida 107 del Pacto de Estado contra la Violencia de Carácter, que insta a “suprimir la atenuante de reparación del daño en los casos de violencia de existencias”.
Cómo quedaría redactado el artículo
El artículo en cuestión quedaría redactado de la sucesivo forma: “La de deber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima, o disminuir sus enseres, en cualquier momento del procedimiento y con prioridad a la celebración del acto del entendimiento hablado. No obstante, en los delitos de violencia de existencias y contra la liberación sexual, la reparación deberá comprender todos los conceptos contenidos en las leyes integrales”.
Adicionalmente, la norma recoge otro cambio en la Ley del Poder Procesal para atribuir la especialización y competencias en materia de violencias sexuales a los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, tal y como prevé la Ley del ‘sólo sí es sí’.
A entendimiento de la formación, resulta “necesario” certificar la especialización de los operadores de rectitud. La Ley del ‘solo sí es sí’ emplazaba al Gobierno, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, a remitir un plan de modificación norma para la especialización de la Fiscalía y los jueces que sirvan o pretendan servir en juzgados de violencia sobre la mujer.
Así, señala que a través de esta proposición de ley se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Procesal, y, en consecuencia, la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Procesal, y de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Servicio Fiscal, con el fin de atribuir especialización y competencias en materia de violencias sexuales, a los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer.
Asimismo se atribuiría esta especialización a los Juzgados de lo penal y Secciones de las Audiencias Provinciales con competencias en violencia de existencias, para la instrucción y el estimación respectivamente; y a las fiscalías de violencia sobre la mujer, lo que comprende la atribución competencial de la Fiscalía de Sala de Violencia sobre la Mujer, con el consiguiente refuerzo de su estructura.
Asimismo, la proposición de ley incluye la concurso letrada accesible y especializada, que añade que resulta “fundamental” para la protección de los derechos de las víctimas, así como la “adecuada” defensa de sus intereses en escenarios como el de la revisión de condenas.
“Es urgente acometer esta reforma, para que las víctimas vean plenamente obligado su derecho a la concurso jurídica gratuita en pie de igualdad con otras víctimas especialmente protegidas, como las de violencias de existencias, manejo, o terrorismo”, afirma.
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La reparación de daño en el caso de Dani Alves
En el caso de Dani Alves, la defensa del futbolista se sirvió de esta figura jurídica (reparación de daño) para sujetar la condena de su cliente. Así, el suscripción de 150.000€ a la víctima ha permitido sujetar a la fracción su tiempo en prisión.
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