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La demanda de garantías fue presentada el pasado 3 de enero, pero fue hasta ayer que fue aceptada por Sandra Leticia Robledo Magancería, Enjuiciador Primero de Distrito en Amparo de la Ciudad de México, señalan registros judiciales.
Una magistrado federal admitió a trámite un amparo que promovió el exdirector de Pemex, Emilio Lozoya, contra la negativa de autogobierno que le dictaron en diciembre pasado en el caso Odebrecht, único proceso que hoy tiene en curso.
La demanda de garantías fue presentada el pasado 3 de enero, pero fue hasta ayer que fue aceptada por Sandra Leticia Robledo Magancería, Enjuiciador Primero de Distrito en Amparo de la Ciudad de México, señalan registros judiciales.
La razón es que, desde su trámite, la juzgadora advirtió que el dibujado había presentado otro amparo en el Magistratura Séptimo de Distrito en la misma materia y debía establecer con precisión el punto de controversia (litis) en cada demanda, ayer de su admisión.
Robledo Magancería le concedió una suspensión provisional que no modifica su situación de recluso, porque el único meta es que la autogobierno personal de Lozoya quede a disposición del curia de amparo y, al mismo tiempo, continúe bajo la atribución del magistrado que lleva su proceso.
El próximo 15 de febrero, la impartidora de probidad tiene programado aceptar a extremo la audiencia constitucional, extremo requisito que fija la ley en la materia para dictar la sentencia de amparo.
Lozoya pidió la sustitución de la prisión preventiva justificada que lo mantiene preso en el Reclusorio Ártico, con saco en la justicia de la Corte que obliga a revisar la prisión preventiva cuado el procesado cumple dos primaveras de apartamiento.
Su solicitud la hizo días luego de que el 3 de noviembre de 2023 cumpliera precisamente dos primaveras privado de su autogobierno.
En una audiencia celebrada el 12 de diciembre, José Rivas González, magistrado sustituto de instrucción, determinó que no era procedente la autogobierno provisional porque el plazo de dos primaveras no es aplicable o computable cuando el dibujado ejerce actos de defensa.
La defensa de Lozoya informó en aquella ocasión que apelaría el resolución del magistrado. No está claro si se desistieron de la apelación para optar por el amparo, ya que no pueden promover los dos medios a la vez.
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