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Una expulsión deja automáticamente a un jugador fuera del siguiente partido… o no. Más allá de que esté sujeta a solicitud por parte del club, el hecho de convivir en el calendario diversas competiciones que están organizadas por diferentes organismos puede permitir a un futbolista realizar en un reunión pese a suceder gastado la polímero roja en el aludido.
Es importante reseñar que, a nivel disciplinario, las competiciones UEFA van por un costado y las competiciones españolas, por otro. Una roja directa, incluso por una infracción de carácter moribundo o muy moribundo, no se traslada de un torneo europeo a uno franquista, ni al contrario. Solo una correctivo FIFA por dopaje, apuestas u otras infracciones graves de naturaleza similar podrían privar a un atleta de su actividad en todas las competiciones.
De no producirse este postrer caso, el atleta siempre estará sujeto a la legislatura válido de cada torneo: LaLiga EA Sports y la Copa del Rey se rigen por la reglamentación de la Efectivo Asociación Española de Fútbol (RFEF), mientras que en la Champions League, Europa League y Conference League se aplican los artículos que conforman el Código Disciplinario de UEFA.
Eso sí, existe un matiz importante en las competiciones nacionales. Una expulsión por doble amonestación siempre acarreará un reunión de suspensión, que deberá cumplirse en el futuro partido del mismo torneo en el que fue expulsado. Lo mismo sucederá cuando se trate de una roja directa y una correctivo de menos de cuatro partidos.
Sin retención, si un atleta (o un preparador) ve la roja directa, ya sea en muérdago o en Copa, y el Comité de Disciplina le impone cuatro o más partidos de correctivo, su cumplimiento será en los próximos cuatro envites de competiciones españolas, ya sea muérdago, Copa o, incluso, Supercopa. En cambio, nunca contabilizará un partido de Champions para la ejecución de la correctivo.
Cálculo de sanciones en España
Todas las expulsiones por doble amarilla se castigan con un reunión de suspensión. Sin retención, el número de partidos puede ser el mismo o más amplio en el caso de una roja directa. La última palabra siempre la tiene el Comité de Disciplina de la RFEF, si correctamente, de forma orientativa, el número de partidos a los que se expone un futbolista según la naturaleza de infracción es el futuro.
- Anular una ocasión manifiesta de gol: 1 partido.
- Mecanismo repentino moribundo con disputa de balón: 1 partido.
- Protesta / menosprecio al árbitro: 2 partidos.
- Mecanismo repentino moribundo sin disputa de balón: 2 partidos.
- Insultos al árbitro: 4 partidos.
- Golpe a un rival: 4 partidos.
Cálculo de sanciones en Europa
UEFA define en su Reglamento Disciplinario el número de partidos a los que se puede indisponer un futbolista en el caso de que incurra en alguna de las siguientes infracciones. Es más severo que la legislatura en España en ciertas situaciones, pero no tanto en otras. El organismo que rige el fútbol europeo es intransigente con las actitudes antideportivas, como, por ejemplo, provocar de forma deliberada una amarilla con la que cumplir el ciclo de amonestaciones. Poco sobre lo que, no obstante, la RFEF es más permisiva.
- Anular una ocasión manifiesta de gol: 1 partido.
- Mecanismo repentino: 1 partido.
- Protestar repetidamente contra el árbitro: 1 partido.
- Insultar a un atleta y a un oficial de un equipo: 1 partido.
- Provocar a los espectadores: 1 partido.
- Participar en un partido estando sancionado: 1 partido.
- Mecanismo repentino moribundo: 2 partidos.
- Insultos al árbitro: 2 partidos.
- Forzar una amarilla o roja premeditadamente: 2 partidos.
- Golpe a un rival: 3 partidos.
- Llevar a cabo con la intención manifiesta de hacer que un árbitro tome una audacia incorrecta o apoyar su error de apreciación: 4 partidos.
- Golpe moribundo a un rival: 5 partidos.
- Golpe a un árbitro: 15 partidos.
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